Entre los requisitos para cumplir con los solicitantes, se explica que el solicitante debe ser un empresario individual o una entidad legal sin personalidad jurídica, que sea titular de un negocio comercial, de hospitalidad o de servicios y que sea accesible al público en las vías públicas. Además, debe haber estado activo durante al menos un año y ser una microempresa, es decir, tener menos de 10 empleados y un volumen de negocios inferior a 2 millones de euros.
Los interesados pueden solicitar estas subvenciones y las solicitudes deben presentarse en el registro municipal o por los medios establecidos por la ley de procedimiento administrativo común. Los solicitantes deben presentar, entre otros documentos, un plan detallado de las inversiones que se realizarán o que ya se han realizado.
Las solicitudes, según Díaz, serán resueltas por orden de entrada en el registro, siempre que cumplan con los requisitos y haya crédito disponible. Los beneficiarios tendrán que justificar el uso de los fondos dentro de los 2 meses siguientes al día siguiente de la notificación de la subvención.
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